Como comentaba en la entrada precedente, dedicada al cementerio viejo, la primera propuesta para trasladar el camposanto de ubicación data del 30 de abril de 1910. Es evidente que el casi centenario cementerio es insuficiente para un municipio cuya población casi se había triplicado en los últimos años. Además, está enclavado en el centro el pueblo, junto al hospital asilo y las escuelas municipales y en un plano superior por lo que se producen filtraciones de líquidos de putrefacción en la capa freática con el consiguiente peligro para la salud de los santurtziarras.

A finales de 1923 el Ayuntamiento decide emplazar el nuevo cementerio en el barrio de Kabiezes, entonces poco poblado. La Comisión de Fomento expone que las campas de Bizio en Cotillo cumplen con los requisitos exigidos para construirlo y se encarga al arquitecto municipal Emiliano Pagazaurtundua el proyecto. Del mismo destaco dos planos: el primero  que nos indica a quienes correspondía la propiedad de los terrenos y el segundo en que vemos la organización interna del cementerio, así como el diseño de la capilla, portada de acceso y tumbas. La flecha roja señala el cementerio civil, separado y con acceso propio.



En marzo de 1928 se adjudican las obras al contratista Juan Dimas Garmendia, vecino de Portugalete, por la cantidad de 92.100 pesetas, y dos años después, el 20 de mayo de 1930, se procedió a la clausura del viejo cementerio y a la inauguración del nuevo cementerio. La prensa de la época reseñaba la noticia con detalle.

Durante la II República los cementerios se secularizan y pasan a depender exclusivamente de las autoridades municipales a partir del 9 de julio de 1931. A partir del 8 de enero de 1932 se permite la cremación. Todas estas transformaciones se recogen en la ley de cementerios municipales y su posterior reglamento. La ley, de 30 de enero de 1932, da inicio con «Ios cementerios españoles serán comunes a todos los ciudadanos, sin diferencias fundadas en motivos confesionales», para proseguir con artículos que contemplan la colocación de la inscripción Cementerio Municipal en las portadas, la práctica de ritos funerarios únicamente en la sepultura, y la desaparición física de las tapias separado ras de los cementerios católico y civil. Toda guarda, administración, régimen y gestión corresponderán a los Ayuntamientos.

Quizás en ese momento se sustituye la inscripción Requiescant in pace que aparece en el proyecto por la que actualmente vemos en el acceso al cementerio.


Durante los primeros años de actividad del nuevo cementerio se procede adjudicar nuevas parcelas de terreno a aquellos vecinos que lo solicitan, muchos de ellos a cambio, en permuta, de las que ya tenían en el cementerio clausurado. Anastasio Amesti, el maestro cantero, edificará casi todos esos nuevos panteones.

El triunfo de los sublevados contra la legalidad republicana significará una vuelta atrás en lo que se refiere a legislación y práctica de enterramientos. Con anterioridad al fin de la guerra civil ya se establecen varias disposiciones en ese sentido. La Ley de Cementerios de 1938 desprende el máximo espíritu confesional: las autoridades municipales restablecerán en el plazo de dos meses, a contar desde la vigencia de esta ley, las antiguas tapias, que siempre separaron los cementerios civiles de los católicos.

Se reconocen y devuelven a la Iglesia y a las parroquias los cementerios incautados, quedando bajo la total jurisdicción eclesiástica los cementerios católicos, y bajo la civil los cementerios civiles, debiendo desaparecer de estos últimos todas las inscripciones y símbolos de sectas masónicas y cualesquiera otros que de algún modo sean hostiles u ofensivos a la Religión Católica o a la moral cristiana.

En lo que concierne a Santurtzi, el primer Ayuntamiento franquista encarga a Anastasio Amesti la construcción en lugar preferente de un panteón colectivo para las personas asesinadas en el asalto al barco prisión Cabo Quilates que habían sido enterradas individualmente en el cementerio. Este monumento funerario conmemorativo fue inaugurado el domingo 2 de octubre de 1938.

En los últimos 40 años han cambiado muchas cosas. A finales de los años 60, la transformación de la sociedad, el aumento del número de habitantes que viven en áreas urbanas y la limitación de espacio libre condiciona la morfología de los cementerios: comienzan a imponerse los bloques de nichos.

La ley 49/1978, de 3 de noviembre, de Enterramientos en Cementerios Municipales deroga la ley franquista de 10 de diciembre de 1938. Establece que los Ayuntamientos están obligados a que los enterramientos que se efectúen en sus cementerios se realicen sin discriminación alguna por razones de religión ni por cualesquiera otras y, en consecuencia, se elimina la separación física entre cementerios católicos y civiles.

La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que los municipios tienen competencia en materia de cementerios y servicios funerarios. Esta competencia supone, además, una obligación por lo que deberá prestarse en todos los municipios, con independencia de su número de habitantes. Los vecinos pueden exigir la prestación de este servicio público que, en el caso de Santurtzi, se regula mediante un Reglamento de Régimen Interior del Cementerio municipal aprobado en el pleno celebrado el 27 de febrero de 2015.

Respecto a los ritos fúnebres y oficios mortuorios, las prácticas seguidas durante siglos comienzan a abandonarse en una sociedad cada vez más secularizada y van quedando en el olvido. La sociedad cambia y resulta inevitable que también lo hagan sus costumbres. Las prácticas mortuorias siguen siendo manifestaciones de tristeza, pero con rituales y manifestaciones de dolor acordes a los tiempos que nos ha tocado vivir. Son rarísimos los funerales de cuerpo presente. Cada vez son más numerosas las ceremonias civiles en tanatorios y la cremación posterior. Es cada vez más habitual prescindir de los cementerios y depositar las cenizas en lugares por los que los familiares fallecidos sentían especial aprecio.

Sin embargo, hasta no hace muchos años, cuando fallecía un familiar se amortajaba y velaba al difunto en su domicilio durante un día (alrededor de veinticuatro horas). El siguiente paso era la conducción del cadáver a la parroquia. El cadáver se deposita en una caja de madera, el ataúd. La salida del féretro del domicilio, se producía siempre con los pies por delante, costumbre que ha derivado en la aparición de la conocida expresión popular. Para el traslado hacia la iglesia, se organizaba una comitiva con un orden determinado. Lo normal era que la caja mortuoria fuese llevada en andas, apoyada sobre los hombros de cuatro individuos, familiares o amigos del finado. Finalizado el oficio funeral se trasladaba el cadáver al cementerio en donde recibía sepultura.

Para ilustrar parte de estas costumbres podemos recurrir a las imágenes del funeral de Manuel Martín Doradel, presidente de la Cofradía de Pescadores y concejal en el Ayuntamiento. Manuel Martín, Maneko, falleció en agosto de 1961.





Otra de las costumbres que en este caso aún pervive es la visita anual al cementerio el primero de noviembre, cuando la Iglesia Católica celebra la festividad de Todos los Santos. Cientos de santurtziarras se acercan al cementerio municipal para honrar a sus familiares difuntos. El Ayuntamiento pone a punto las instalaciones y los santurtziarras limpian y engalanan las sepulturas con adornos florales. Aunque para no faltar a la verdad, cada vez son menos.

Otra costumbre ya desaparecida con los nuevos tiempos era la de aprovechar esa festividad para estrenar nueva ropa de invierno: el abrigo o la gabardina. La visita al cementerio era un acto social al que había que ir con las mejores galas.

Todos estos cambios pueden en un futuro complicar las investigaciones genealógicas para las que los libros de enterramiento, las esquelas y los recordatorios son fuentes de información muy útiles.

En la actualidad, los cementerios se han convertido en un recurso turístico-cultural. Se ofrecen visitas guiadas a los principales cementerios que contienen sepulturas realizadas por arquitectos y escultores y que constituyen verdaderas obras de arte al aire libre.